Itziar Pernía Gómez, Socia Directora de Legal por Naturaleza, explica los derechos con los que cuenta un cónyuge viudo en la liquidación de gananciales y en la herencia.

En el consultorio de herencias de Capital Intereconomía, la experta explica el marco legal al que se enfrenta una persona cuando queda viuda. Para ello es determinante, según explica- conocer el régimen económico del matrimonio para saber cómo liquidar una herencia. En teoría en el territorio español y “por defecto, el régimen económico es gananciales, salvo en Cataluña, que por defecto es separación de bienes”.

Gananciales frente a bienes privativos

Es importante diferenciar entre los bienes gananciales, que son “los obtenidos por el trabajo de cualquiera de los cónyuges desde que se inicia el matrimonio”, frente a lo anterior, que es privativo, aunque subraya que “hay bienes que pueden seguir siendo privativos después del matrimonio”. Por ejemplo cuando se vende un bien privativo y con esa cantidad se compra otro.

En caso de no haber testamento, Pernía subraya cómo lo más importante y a tener en cuenta, es la declaración de herederos. “¿Quiénes son los que van a heredar -decía-, primero, los descendientes, los hijos y, si no los hay, los ascendientes, los padres; si tampoco los hay, hereda el cónyuge y los parientes colaterales hasta el cuarto grado de consanguinidad y si no tiene ningún pariente, finalmente herederá el Estado. Pero siempre hay que tener primero en cuenta, a los herederos forzosos”.

Usufructo y pensión de viudedad Si hay testamento, lo que va a recibir, explica, “es el usufructo sobre una parte de la herencia, de un tercio de la herencia. ¿Y cómo se calcula? Según la edad del cónyuge supértite - hay una fórmula- y lo que va a heredar es la legítima a favor del cónyuge vivo, que se calcula sobre el tercio de la herencia. ¿Pero sobre qué tercio? El tercio depende del supuesto en el que se concurre a la herencia.

Desde Legal por Naturaleza, Pernía analiza cómo para recibir la pensión de viudedad hay que demostrar que se “está casado legalmente” y “no se puede estar separado ni de hecho, ni de derecho para recibir la herencia”.¿Sobre quién tiene derecho? Señala que tanto el cónyuge como la pareja de hecho.

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